La compleja relación entre el software y la fiscalidad: tres aspectos a considerar

Autores/as

  • Ignasi Belda Reig

Palabras clave:

mecenazgo, fiscalidad, constitución, nuevas tecnologías, deber de contribuir, software, crowdfunding, derecho internacional, principios tributarios, establecimiento permanente, reforma, donaciones transfronterizas, libre circulación de capitales, principio de igualdad en materia tributaria

Resumen

El paradigma tributario actual no está pensado ni diseñado para la economía del conocimiento. Es por eso por lo que, a menudo las leyes fiscales deben retorcerse para dar respuesta a nuevos retos tributarios derivados de las evoluciones tecnológicas. El caso concreto del software, es decir, la programación estructurada de computadores, no es diferente del resto de nuevas tecnologías -robótica, criptotecnologías, Internet of Things, Big Data, servicios digitales, etc.-. Sin embargo, de todas estas tecnologías, el software es la que tiene más historia desde que Charles Babbage y Ada Lovelace programaron las primeras computadoras en la primera mitad del siglo XIX. Es por esta razón que aún sorprende a los especialistas el mal encaje que tiene el software en las leyes fiscales nacionales e internacionales. Este artículo analiza la situación expuesta y propone medidas para regularizarla

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Cómo citar

Ignasi Belda Reig. (2021). La compleja relación entre el software y la fiscalidad: tres aspectos a considerar. Crónica Tributaria "Nueva Época" , 3(180). Recuperado a partir de https://cronicatributaria.ief.es/ief/ct/index.php/cronica-tributaria/article/view/71

Número

Sección

Artículos científicos