Algunas consideraciones críticas a raíz de la Resolución de 13 de febrero de 2020, de la Dirección General de Tributos, sobre la consideración como entidades en régimen de atribución de rentas a determinadas entidades constituidas en el extranjero
Palabras clave:
Entidades en atribución de rentas, Dirección General de Tributos, No residentes, OCDEResumen
Una nueva resolución de la Dirección General de Tributos sobre la calificación de entidades extranjeras como entidades en atribución de rentas a efectos fiscales españoles viene a establecer que el tratamiento o régimen fiscal de estas entidades en sus respectivas jurisdicciones de incorporación se constituye como el único y esencial elemento a considerar a los efectos de la referida calificación, en lugar de valorar su naturaleza jurídica como requiere la normativa aplicable. Pese a la intención de la Dirección General de Tributos, su nuevo criterio estaría incrementando los niveles de incerteza en la materia.Descargas
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